A partir de la presentación del período fiscal Noviembre 2025 resulta de carácter obligatorio la liquidación y presentación del impuesto al valor agregado a través del F2051; resultando consecuencia de la confección y presentación previa del Libro IVA Digital. Únicamente los contribuyentes caracterizados como exentos en el impuesto estarán excluídos de tal obligación. A su vez, existe un periodo de transición entre los meses de Junio 2025 y Octubre 2025 durante el cuál se podrá optar por seguir utilizando los aplicativos anteriores. Recomendamos aprovechar dicho período de transición para realizar una correcta migración y adecuar las formas de trabajo asociadas.
